El affaire Panama Papers, del que ya mucho se dijo, constituye sólo el emergente de un asunto de bastante mayor envergadura. Una trama que al estilo de las famosas muñecas rusas mamushkas, contiene un episodio adentro del otro. Si se observa desde el suceso más pequeño podría decirse que la mamushka Panamá papers está adentro de la mamushka más grande llamada “paraísos fiscales” que a su vez está dentro de la muñeca mayor que es la cuestión impositiva y cuya gravitación en la economía mundial adoptó especial relevancia desde los años del fin del boom de la segunda posguerra hasta nuestros días. Hacia fines de los años ‘60 y principios de los ‘70, la tributación –cuya historia de fraude acompaña al capitalismo desde los orígenes- empieza a cambiar su fisonomía adquiriendo particular relevancia. La cuestión impositiva –como se verá- resultó uno de los instrumentos del giro neoliberal destinado a incrementar una tasa de ganancia del capital, en descenso por aquel entonces.
¿Qué son los paraísos fiscales?
Se dice que la denominación “paraíso fiscal” proviene de una confusión lingüística. En realidad el término en inglés es “tax haven” que significa literalmente “puerto fiscal” que fue confundido con “tax heaven” que efectivamente significa “paraíso fiscal”. De todas maneras, el término –tal como se generalizó- les sienta bastante bien. Aunque no todos los puertos fiscales son lugares físicamente paradisíacos, gran parte de ellos sí lo son, convirtiéndose en suertes de “dos por uno”. Lugares verdaderamente celestiales para el pequeño puñado de dueños del capital que vive pensando distintas estratagemas para retener y acrecentar la más amplia porción del tiempo de trabajo sustraído al común de los mortales que habita este planeta. El Fondo Monetario Internacional –pretendiendo no emitir juicio de valor- denomina a los paraísos fiscales, Centros Financieros Offshore (CDO) lo que literalmente se puede traducir como centros financieros en el exterior. Pero ¿qué son?
A fin de acercar una definición, nos basamos en algunos aspectos desarrollados en Paraísos fiscales en la globalización financiera y Los paraísos fiscales a discusión. De acuerdo con estos textos existen al menos 18 definiciones distintas de paraíso fiscal y según cuál de ellas se tome por válida, la cantidad de este tipo de entes se incrementa o disminuye. Según Task Justice Network –que utiliza la definición más amplia- existen 73 paraísos fiscales en el mundo. Entre ellos los conocidos Luxemburgo, Andorra, Bahamas, Mónaco o Panamá. Esencialmente se trata de territorios que gozan de un “autogobierno” que les permite determinar su propia regulación en materia fiscal y económica. Esto significa que no tienen que tener necesariamente condición de países por lo que pueden existir territorios al interior de los Estados que posean características de paraíso fiscal. Sólo por acercar algunos ejemplos, Estados Unidos ocupaba en 2015 el tercer puesto por detrás de Suiza y Hong Kong en el ranking de secretismo financiero de Task Justice Network. Delaware, definido por la organización contra la corrupción, Transparencia Internacional, como “refugio para delitos transnacionales”, encabeza la lista de “paraísos fiscales” norteamericanos, seguido de bastante lejos por Nevada, Wyoming y Dakota del Sur. El Reino Unido –otro “país normal” si los hay-, posee cuatro de los principales paraísos fiscales del ranking elaborado por Tax Justice network: Islas Caimán, Jersey, Islas Vírgenes Británicas y Bermuda.
Se trata de enclaves, es decir, territorios con un sistema regulatorio dual, diferente para residentes y extranjeros. A las entidades que se establecen en paraísos fiscales no se les aplica prácticamente ninguna regulación. Los territorios considerados paraísos fiscales reducen la presión impositiva para extranjeros hasta incluso hacerla desaparecer y gozan de una muy laxa normativa financiera. Estos territorios buscan de este modo atraer capitales y suelen producirse desproporciones aberrantes entre cantidad de habitantes, nivel de actividad financiera y actividad económica. Por ejemplo, según El País, Delaware contaba en 2015 con una población de 935.600 habitantes y 1.181.000 sociedades. Dentro de los “inquilinos fiscales” de Delaware se encuentran American Airlines, Apple, Amazon, Coca-Cola, Facebook, General Electric, Google, JP Morgan, Twitter, Visa y Walmart.
Sobre usos y usuarios
Bancos, empresas transnacionales, grupos de empresas e individuos propietarios de voluminosos patrimonios son quienes usufructúan, mediante variados mecanismos, los paraísos fiscales. Siguiendo la descripción de los textos mencionados, estos territorios se utilizan corrientemente para tres tipos de práctica: la elusión, la evasión impositiva y el lavado de dinero. La elusión es una práctica considerada legal mediante la cual las empresas diversifican los territorios donde pagan impuestos buscando minimizar la carga con respecto a lo que pagarían en un único territorio. Por el contrario, la evasión es una práctica ilegal que consiste en no registrar ganancias que formalmente deberían ser gravadas con algún tipo de impuesto. El lavado de dinero es una operación destinada a lograr que los fondos y activos provenientes de actividades ilícitas aparezcan como resultado de actividades lícitas.
En la actualidad, una de las principales actividades de los bancos consiste en la constitución de fondos de inversión colectiva. Dentro de esos fondos los llamados hedge funds –o fondos de cobertura- son instrumentos de inversión financiera con escasa regulación, elevados apalancamiento, exposición al riesgo y rentabilidad. Estos fondos de los cuales el Long Term Capital Management (LTCM) y el mecanismo mediante el cual el financista Soros apostó contra la libra esterlina en 1992 –y la hundió- , son ejemplos resonantes, se constituyen en su mayoría en paraísos fiscales. Su territorio de establecimiento suele ser distinto del de gestión. Para dar una idea, según datos de 2010, el 60% del total de hedge funds se encontraba establecido en paraísos fiscales –el 27% en Delaware- mientras que el 80% operaba en territorio norteamericano y el 20% restante lo hacía mayormente en territorio londinense. Los bancos gestores de estas operaciones pueden crear sucursales y filiales en los “paraísos” en un instante y casi sin requerimientos, a fin de evitar regulaciones estatales. Pero las quiebras o pérdidas recaen sobre la casa matriz y por lo tanto repercuten sobre el país de origen. Esto es lo que sucedió con las hipotecas subprime en 2008, lo que muestra que los “paraísos” jugaron un rol muy importante en el desarrollo de la crisis. Posteriormente gran parte de las pérdidas bancarias fueron asumidas por los Estados con lo cual la banca… siempre gana.
Por su parte, las empresas transnacionales fragmentan sus actividades para maximizar el beneficio. Suelen así tener sus fábricas en un país, sus oficinas en otro, su servicio de tele asistencia en otro y su sede en un paraíso fiscal (como es bien conocido en Argentina el caso del grupo Techint cuya sede está radicada en Luxemburgo). Esta diversificación les permite combinar la mano de obra más barata con los impuestos y costos medioambientales más bajos o los requisitos legales menores. En los “paraísos” también se pueden constituir empresas enteras o Holdings -entidades creadas para ser propietarias de un grupo de empresas- en instantes y casi sin exigencias, manteniendo el secreto bancario que permite la no revelación del verdadero propietario así como la exención de dividendos e intereses cobrados. Además también se puede obtener financiación mucho más barata, se realizan auto préstamos, compras y ventas entre distintas sociedades de una misma firma, entre otras múltiples transacciones que desvirtúan completamente los balances. La empresa Enron, por ejemplo, conocida por sus escándalos contables, utilizó una red de casi 900 sociedades en paraísos fiscales. Las empresas suelen también manipular los precios exportando figuradamente, por ejemplo, a muy bajo precio –y por tanto con baja ganancia y baja tributación- desde una filial a su sede en un “paraíso”. Exportando luego realmente al precio efectivo desde el “paraíso” al lugar de destino pagando muy baja tributación precisamente porque la operación se realiza desde el “paraíso”. También las empresas transnacionales suelen echar mano al mecanismo de las “banderas de conveniencia” que implica registrar distintos barcos en diferentes paraísos fiscales cada uno como una empresa en sí misma, con el objeto de reducir riesgos.
Por último, los patrimonios de las personas con activos líquidos superiores al millón de dólares suelen colocarse en manos de los bancos que cuentan con secciones especializadas para gestionar -o sea revalorizar- grandes fortunas y utilizan los paraísos fiscales como forma preferente. A través de fideicomisos (personas que detentan la propiedad de algo sólo virtualmente) esquivan regulaciones fiscales de sus propios países e incluso las leyes sobre herencia y sucesiones. La banca privada asesora a esas grandes fortunas creando unos complejos entramados de empresas y entidades que ocultan la propiedad, evitando así las posibles inspecciones fiscales (resulta casi una ironía la pretensión del presidente argentino Mauricio Macri de evadir responsabilidades arguyendo que sólo integraba el directorio de una empresa en Bahamas…). A la vez, el dinero sucio proveniente de la corrupción o de cualquier otro tipo de delito en los “paraísos” se fragmenta y se va introduciendo en muchas cuentas corrientes bancarias. En una segunda fase el dinero se dispersa en los mercados financieros para que en una tercera fase de reciclado, se utilice después en la compra de viviendas, creación de empresas o inversiones productivas.
Vale la pena retener sólo un dato resultante de todas estas encantadoras operatorias. Como señala Vigueras en Los paraísos fiscales, para el año 2005, Tax Justice Network calculaba en alrededor de 11.5 billones de dólares el valor de los activos depositados en estos enclaves. El equivalente a un tercio del PBI mundial en aquel año.
Más acá del paraíso (o una gran contratendencia)
Aunque el origen histórico de los “paraísos” resulte bastante lejano en el tiempo –hay quienes ubican sus primeros antecedentes en Mónaco en 1868 y luego en Estados Unidos a fines del siglo XIX-, son muchos los autores que consideran que tal como los conocemos hoy, se remontan en realidad a los años ‘60 y ‘70. Vigueras, por ejemplo, los vincula al mercado de eurodólares primero y petrodólares después, en el contexto del salto de la globalización financiera. Eurodólares y petrodólares se combinaron hacia principios de los años ‘70 forjando una gran masa de capital líquido en los bancos europeos. Esa masa de capital colisionó con las dificultades para la acumulación derivadas de las condiciones del fin del boom de posguerra.
En este marco, la proliferación de los paraísos fiscales se fue desarrollando como un capítulo de las políticas destinadas a mejorar las condiciones generales de la valorización del capital en un contexto de progresivo descenso de la tasa de ganancia. El desarrollo de los “paraísos” acompañó las políticas de liberalización de los mercados financieros, favorecidas además por el derrumbe del sistema de Bretton Woods. Unos años más tarde estas políticas se complementaron con cambios en las prácticas bancarias vigentes en Estados Unidos, reducciones impositivas, entre otras, implementadas por Reagan a partir de los años ’80, muy pronto seguido por otros países centrales como el Reino Unido y Francia.
Este conjunto de políticas tenía un doble propósito. Por un lado facilitaba la circulación internacional del capital para dar rienda suelta a la especulación financiera. Pero por el otro, buscaba mejorar las condiciones para la apropiación del valor creado, en un contexto de caída de la tasa de ganancia. Dos factores que como señalamos en diversas oportunidades, no resultan independientes.
Los petrodólares y eurodólares cuya circulación los “paraísos” facilitaron, fueron a engrosar las deudas externas de los países dependientes y hasta hoy actúan como formas indirectas de extracción de plusvalor a través del reembolso sistemático de las impagables deudas que originaron. A la vez los paraísos contribuyeron y contribuyen a reducir en niveles sorprendentes las cargas fiscales ya extremadamente reducidas más acá de los “paraísos”. Basta tener en cuenta, por ejemplo, que en Estados Unidos y en Reino Unido, según datos de Piketty, las tasas impositivas máximas sobre los ingresos más altos declinaron desde el 70% en la década del ‘70 hasta aproximadamente el 30% una década después.
De modo que no se trata sólo de los paraísos fiscales sino de una maraña de políticas de reducciones impositivas destinadas a incrementar la apropiación de ganancias. De hecho las reducciones impositivas operan “devolviendo” a los poseedores del capital masas de ganancia sustraídas en décadas anteriores y redistribuidas a través del Estado. Cuestión que evidentemente permitió incrementar una tasa de ganancia reducida. En este sentido y en nuestra impresión estas medidas, conjuntamente con el incremento de la explotación del trabajo y la conquista de nuevas áreas para la expansión del capital, actuaron durante las últimas décadas, como tres significativas tendencias contrarrestantes a la caída de la tasa de ganancia. Por eso, parece interesante repensar el affaire Panama Papers a la luz de una situación en la cual una vez más grandes masas de capital enfrentan serios obstáculos para su acumulación ampliada.
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