viernes, 15 de enero de 2016

Estos son los acuerdos de la Segunda Sesión del Parlamento Comunal Nacional

Ministra Isis Ochoa en la sesión del Parlamento Comunal
El Parlamento Comunal Nacional sesionó en el Centro de Formación Socialista Simón Rodríguez en San Antonio de los Altos – Estado Bolivariano de Miranda el pasado 03 de Enero de 2016.
Acuerdos y Conclusiones de la Propuesta Orgánica y de Principios para el Funcionamiento del Parlamento Nacional Comunal (1er papel de trabajo).

Antecedente
  • El 6D resultó ser un "punto de inflexión" para el proceso bolivariano y debemos entenderlo, asimilarlo y prepararnos para continuar la marcha revolucionaria del pueblo venezolano, hacia la refundación definitiva de la República. En tal sentido el Martes – 15 de Diciembre, el Presidente Nicolás Maduro Moros, durante la plenaria con los Consejos Presidenciales de Gobierno Popular, anunció su respaldo a la conformación e instalación de un nuevo "sistema de agregación comunal", propuesto por los (as) comuneros (as) del país y que ha sido denominado "Parlamento Comunal Nacional", el cual es un órgano legislativo alternativo, asambleario, delegativo – funcional, rotativo y transparente para el ejercicio pleno de la soberanía, como parte de la estrategia de defensa de la patria en marco a la Rectificación, Rebelión y Renacimiento.
Introducción
La principal función del Parlamento Comunal Nacional, en esta etapa de la transición debe expresarse en la creación de un nuevo espacio público comunal, que permita la construcción de una nueva sociedad democrática, participativa, protagónica y un nuevo estado comunal y socialista que exprese genuinamente los intereses del pueblo venezolano.
El "Parlamento Comunal Nacional" es una extraordinaria oportunidad para el legítimo ejercicio de la democracia genuina, directa y protagónica, convirtiéndose en un espacio para la ciencia y conciencia legislativa de todo el pueblo, mediante el parlamentarismo comunal, el cual se va desarrollando y cualificación en la práctica mediantes los acontecimientos políticos, que se presenten en lo colectivo y popular.
En virtud de lo antes expuesto, generamos como propuesta al ciudadano Presidente de la República el presente documento denominado: Propuesta de documento orgánico del Parlamento Comunal Nacional.
Asumimos los principios morales y espirituales del ideario Bolivariano, Chavista Zamorano y Robinsoneano, anti Capitalista y Anti Imperialista, Socialista, Comprometidos con los intereses con la clase trabajadora y del pueblo, Internacionalistas, Ético y con moral Revolucionaria, defensor de los derechos de la madre tierra, de la igualdad y equidad de género, de los derechos de las personas con discapacidad, adulto y adulta mayor, de la democracia participativa y protagónica, vanguardia política del proceso revolucionario, defensor, impulsor y promotor del poder popular, defensor de la igualdad en el seno de la organización, basado en la dirección colectiva, promotores de la nueva arquitectura de alianza internacional como lo es el ALBA, UNASUR, PETROCARIBE, MERCOSUR, CELAC, para la unión de los pueblos con el objetivo de la erradicación del estado burgués, en la lucha anti-imperialista contra la cultura neoliberal para así consolidar el socialismo como única alternativa para la liberación y emancipación de los pueblos.
Al decir de nuestro maestro Simón Rodríguez "Hacer leyes para los pueblos no es tan difícil como se cree. Hacer un pueblo legislador es obra muy laboriosa y ésta es la que ha emprendido la América".
Soporte legal del Parlamento Comunal Nacional:
Es la máxima instancia Legislativa Nacional de las Organizaciones de Base del Poder Popular, que se constituye como sistema de agregación comunal, para aplicar el Parlamentarismo Comunal de Calle, como mecanismo de consulta e iniciativa legislativa desde los territorios comunales en el cumplimiento del ejercicio directo de la soberanía y del Estado democrático y social de Derecho y de Justicia previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Consideramos que el "Parlamento Comunal Nacional", es un "sistema de agregación comunal", que tiene como su principal función el "anclaje legal" Sustentado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en los artículos a mencionar:
  • Art. 2. Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia.
  • Art. 5. La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo.
  • Art. 7. La Constitución es la norma suprema y todos están sujetos a ella.
  • Art. 25. Son nulos los actos que menoscaben la Constitución.
  • Art. 62. Derecho a participar en los asuntos públicos.
  • Art. 70. Iniciativas legislativas del pueblo.
  • Art. 131.Deber de acatar y cumplir la Constitución.
  • Art. 184.Descentralizacion y transferencia al pueblo organizado.
Así, como en la LEY ORGANICA DEL PODER POPULAR, la cual en Artículo 15, Numeral 4, señala textualmente lo siguiente: "Las instancias del Poder Popular para el ejercicio del auto gobierno son: Los sistemas de agregación comunal, que por iniciativa popular surjan entre los Consejos Comunales y entre las comunas….". Además se debe tener en cuenta los siguientes artículos a mencionar
  • Art. 2. Definición de Poder Popular.
  • Art. 3. Poder Popular se fundamenta en principio de soberanía y progresividad de los derechos constitucionales.
  • Art. 8. Numeral 8….Estado Comunal….ejercicio directo del poder por el pueblo.
  • Art. 8. Numeral 9….Instancias del Poder Popular.
  • Art. 12. Constitución de las Organizaciones de Base del Poder Popular.
Al igual que los Artículos: 58, 59 y 60 de la Ley Orgánica de las Comunas, desarrolla de manera más exhaustiva el tema de los sistemas de agregación, brindándole aún mayor soporte legal a nuestros planteamientos.
Corresponde al Parlamento Comunal Nacional, constituirse en una instancia novedosa, organizacional y funcional, que promueva las Leyes del Poder Popular, en apoyo al poder ejecutivo nacional representado en la figura de nuestro Presidente de la República Nicolás Maduro Moros.
Definición del Parlamento Comunal Nacional:
El Parlamentarismo Comunal debe ser la expresión viva del Comandante Supremo Hugo Rafael Chávez Frías, ejerciendo su soberanía en la construcción del nuevo modelo de estado social, a través de la consulta mediante asambleas de ciudadanos y ciudadanas en los territorios comunales, que se desprenda del seno del poder popular que debe basarse en lo plasmado, en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el compendio de leyes del poder popular.
Las decisiones tienen como premisas haberse construido en un ejercicio de democracia directa y protagónica y deben ser expresadas mediante la aprobación de normativas para la regulación de la vida social y comunitaria, coadyuvar con el orden público, la convivencia, la primacía del interés colectivo sobre el interés particular y la defensa de los derechos humanos, así como en actos de gobierno en los ámbitos de: Planificación de políticas públicas, Contraloría social, Economía Comunal, Ordenación y gestión en el territorio como nueva geometría del poder, Justicia comunal, Transferencia a las comunidades organizadas de la gestión y administración de servicios, bienes y otras competencias, Preservación del medio ambiente y otras materias que no coliden con la Constitución Nacional y otras leyes de la República Bolivariana de Venezuela.
El Parlamento Comunal Nacional es una herramienta que determinará metodologías para el ejercicio del poder popular, legitimándolo a través de las fuerzas constituyentes y con ella el impulso tangible del proyecto revolucionario.
Se propone que el Parlamento Comunal Nacional se conforme de la siguiente manera:
  • Consolidación del Parlamento Comunal Nacional
  • Creación y fortalecimiento de los Parlamentos Comunales en el territorio nacional
Los Bloques Estadales de Comunas existentes eligen de su seno a los y las integrantes del Parlamento Comunal Nacional, en razón de siete (7) parlamentarias o parlamentarios por cada entidad federal, para un total de ciento sesenta y ocho (168) con sus respectivos suplentes
El Parlamento Comunal Nacional debe promover la creación y difusión de las gacetas en el territorio de las acciones y decisiones de las instancias del Poder Popular, como herramientas para el conocimiento público de las mismas y sustento de las acciones políticas a desarrollar.
Principios Orgánicos
Blindar lo que estamos construyendo con los parlamentarismos de calle, Legitimar los territorios con las respectivas gacetas comunales. Plan nacional de legislación comunal, impulsando definitivamente la construcción del estado comunal desde el seno de nuestro pueblo, desarrollando la concepción del pueblo legislador como instancia de articulación entre el poder popular y los diputados revolucionarios, pueblo legislador movilizado "parlamentarismo de calle" como ejercicio organizado del derecho a la iniciativa legislativa popular, promover la federación y confederación de Comunas a través del sistema de agregación, donde las propuestas y decisiones deben ser legitimadas en la asamblea de ciudadanos y ciudadanas por medio de las cartas comunales sancionadas previo debate y aprobación en los parlamentos comunales
Atribuciones:
  1. Proponer proyectos de leyes por iniciativa popular en articulación con los Sistemas de Agregación Comunal, Parlamentos Comunales en el territorio nacional y demás organizaciones e instancias del poder popular Conjunto con los Consejos Presidenciales.
  2. Revisar, ordenar y entregar los proyectos de leyes presentadas ante la Asamblea Nacional por los Sistemas de Agregación Comunal, Parlamentos Comunales en el territorio nacional y demás organizaciones populares de base.
  3. Hacer seguimiento a los proyectos de Ley propuesto a la Asamblea Nacional, para garantizar su aprobación en los lapsos correspondientes.
  4. Legislar en todos los sectores de la vida cotidiana venezolana, para garantizar la suprema felicidad social, económica, ambiental y política de la ciudadanía.
  5. Ejecutar el plan integral de desarrollo social y económico de la nación (Plan de la Patria).
  6. Avalar el presupuesto de la nación en concordancia con lo previsto en el Plan de la Patria.
  7. Coordinar con los Consejos Presidencial de Gobierno Popular, para coadyuvar a la concreción de los planes, Programas y proyectos a desarrollar.
  8. Aprobar los recursos necesarios solicitados por los Consejos Comunales y Comunas a través de los Consejos Presidenciales de Gobierno Popular.
  9. Gestionar y canalizar los créditos adicionales que se requieran ante las instancias pertinentes, para el cumplimiento de las políticas públicas. Aplicar la contraloría social en todos los niveles implementando mecanismos propios (investigación, interpelación).
  10. Atender y acompañar al pueblo en la defensa de los derechos Constitucionales.
  11. Velar por el cumplimiento de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Leyes del Poder popular y demás leyes la Nación.
  12. Articular con las Fuerzas Armadas Nacional Bolivariana para preservar la paz y la defensa integral de la República.
  13. Proponer alianzas internacionales para la cooperación e intercambio, potenciando el humanismo, el internacionalismo y la unión de los pueblos, bajo los principios de solidaridad, bien común, complementariedad y respeto a la soberanía nacional.
  14. Coordinar con el Ejecutivo Nacional, Regional y Municipal para viabilizar e impulsar asuntos estratégicos de emergencia y seguridad de la nación.
  15. Fomentar la creación y ejecución de resoluciones relacionadas al funcionamiento y organización administrativa.
  16. Fomentar la rendición de cuentas de las diferentes instancias del Poder popular.
  17. Crear zona y distrito motores de desarrollo en el marco del plan de desarrollo social y económico de la nación, a fin de fortalecer la productividad nacional y el desarrollo de la Patria.
  18. Crear un espacio que sirva de tribuna o trinchera permanente para enfrentar la arremetida imperialista y la contra Revolución apátrida que desde la Asamblea Nacional pretendan desmontar las Leyes Revolucionarias y las conquistas políticas y sociales que la revolución le ha otorgado al pueblo.
  19. Servir de instrumento al pueblo organizado en comuna de vigilancia y contraloría revolucionaria en la lucha contra el burocratismo, la corrupción, la incapacidad e ineficacia.
Acciones y Propuestas
  1. Crear vocerías principales con sus respectivos suplentes para las comisiones de trabajo.
  2. Ejercer acciones legislativas sobre los territorios integrados a este Parlamento Comunal Nacional a través de sus parlamentos comunales, estás acciones legislativas se publicarán a través de las gacetas comunales.
  3. Mantener comunicación permanente con la ciudadanía, a la cual informará veraz y oportunamente de su actuación y le rendirá cuenta, a través, de su informe de gestión ante su instancia inmediata.
  4. Promover cualquier propuesta que nazca por iniciativa del poder popular.
  5. Creación de la comisión de comunicación, disponer la publicación en la Gaceta Comunal de los actos y decisiones de esta instancia del Poder Popular.
  6. La Gaceta Comunal se publicará, al menos una vez al mes, se hará del conocimiento público y se distribuirá en cada sistema de agregación comunal.
  7. Una vez instalado y en pleno uso de sus facultades legales, el Parlamento Comunal Nacional procederá mediante acto legislativo interno, a reglamentar la definición, constitución, conformación, de la estructura y finalidades de los Parlamentos Comunales en el territorio nacional, así como de las comisiones necesarias para la promoción.
  8. Atender y acompañar al pueblo en la defensa de los derechos Constitucionales.
  9. El Parlamento Comunal Nacional se declara en sesión permanente desde los territorios comunales
  10. Debatir las decisiones que tomen los diputados de la Asamblea Nacional que atenten contra el bienestar de la nación, las leyes y propuestas del poder popular
  11. Promover la participación del ejercicio cívico militar para dar cumplimientos a los principios de independencia paz, democracia, igualdad, lealtad, justicia, solidaridad y afirmación de los derechos humanos para resguardar y garantizar el hilo constitucional del derecho de la democracia participativa y protagónica.
  12. Promover la discusión de los reglamentos de las leyes del Poder Popular a través de la estructura propuesta.
  13. El parlamento comunal nacional se compromete para el 04 de Febrero Día de la Dignidad del Pueblo de Bolívar y Chávez presentar la propuesta del reglamento interno de este parlamento comunal nacional.
  14. Asumir el desarrollo y profundización de las propuestas de este primer documento orgánico como metodología práctica del ejercicio del parlamento comunal.
Fuente: Aporrea.Org 

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